Se me acaba el paro y estoy embarazada, es de lo que estaremos hablando a lo largo de este artículo para conocer qué tienes que hacer, cuando suceden este tipo de situaciones. Por lo que te invitamos a seguir leyendo sobre este tema.
Se me acaba el paro y estoy embarazada
Debes de conocer que cuando se me acaba el paro y estoy embarazada, cuentas con una prestación de maternidad que se encuentra diseñada especialmente para proteger a la mujer durante el tiempo que dure el embarazo y la maternidad. En el artículo 48.4 del Estatuto de los trabajadores, se llega a establece que todas las mujeres que tengan hijos recién nacidos y tienen el derecho de de una baja laboral por 16 semanas después del parto por derecho.
En este tiempo la persona seguirá cobrando la prestación que corresponda. Teniendo en cuenta que esta prestación se encuentra respaldada por la Ley General de la Seguridad Social ya que es obligatoria y necesaria.
Situaciones de baja de maternidad durante el paro
Dentro de las posibles situaciones en las que la mujer puede llegar a enfrentarse durante el embarazo tenemos las siguientes que estaremos explicando detalladamente, a continuación, para que entendamos mejor cada uno de estos casos:
Caso 1
Estoy trabajando, pero quede embarazada y me dan de baja por maternidad, mientras me encuentro de baja se me termina el contrato.
Cuando se termina el contrato se seguirá cobrando la baja de maternidad que continúa pagando el Instituto Nacional de la Seguridad Social hasta llegar a finalizar los 4 meses de maternidad o contar con el alta médica del médico de cabecera.
Cuando se llega a terminar el periodo de baja por maternidad, se abre un plazo de 15 días para que puedas solicitar las prestaciones por desempleo cuando el trabajador tenga derecho a ella.
Caso 2
En este caso la trabajadora se encuentra cobrando el paro y se llega a producir la maternidad, en esta ocasión te encontrarás percibiendo la prestación contributiva por haber cotizado 360 días o más y llegas a quedar embarazada, tienes que informar obligatoriamente a la oficina de empleo de su embarazo. Para esto tienes que rellenar un impreso donde tienes que señalar opción de maternidad/ paternidad, y adicionalmente tienes que entregar el libro de la familia o un documento que llegue acreditar el embarazo.
Desde ese momento se llega a suspender el paro y la prestación por maternidad la empieza a abonar la seguridad social ya que mientras se mantenga este proceso de paro no se llega a consumir, este se queda suspendido. Este pago no se realiza de manera automática, ya que cuando se llega a realizar el trámite ante el SEPE para suspender la prestación por desempleo.
El SEPE tiene que entregarte una copia de esta solicitud, en la que llega aparecer la fecha y el motivo por el que se da la baja, se tiene que dirigir a las oficinas INSS. Para pedir la prestación por maternidad / paternidad ya que este es quien lo cancela a las personas que están recibiendo la prestación contributiva por desempleo.
En el momento que culmina la baja de maternidad tienes que solicitar en la oficina de empleo la reactivación de la prestación de desempleo. Donde cuentas con un plazo de 15 días hábiles y vuelves a cobrar el paro por el mismo monto y la duración que había cuando se llegó a suspender, por lo que no se había perdido ningún día de la prestación que existía para consumir.
Caso 3
En este caso la persona se encuentra cobrando una ayuda de subsidio por desempleo y se produce la maternidad, aquí la situación llega a cambiar totalmente, cuando se está cobrando del paro, ya que, no es una prestación contributiva, sino que más bien es un subsidio por desempleo. En este caso la baja por maternidad no llega afectar el cobro de los subsidios por desempleo, ya que se continuará cobrando la ayuda por el mismo monto y duración como si no existiera la baja.
Pero se tiene que llegar a informar a la oficina de empleo la baja por maternidad, entregando el informe médico, para que se llegue a suspender la demanda de empleo. Mientras dure la maternidad siempre que se haya informado el subsidio seguirá cobrándose por lo que es importante que se notifique a tiempo.
Cuando se termine este subsidio por desempleo, aunque se siga de baja de maternidad. No existe derecho a la prestación de la Seguridad Social.
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¿Qué ayudas puedo obtener después de dar a luz al bebé y cuando se me acabe la prestación contributiva por desempleo?
En este caso puedes chequear si puedes solicitar el subsidio de ayuda familiar, siempre que cumplas con los requisitos de tener responsabilidades familiares y no cuentes con ningún tipo de rentas. Esta es una ayuda de 430 euros que se llega a dar en un tiempo de 18 y hasta 30 meses, de acuerdo a la edad de la solicitante y las cotizaciones existentes con anterioridad.
Requisitos para solicitar este permiso de maternidad
Para que una trabajadora tenga derecho a cobrar una prestación sea que se encuentre trabajando o no, es necesario que la persona tenga cubierto un tiempo mínimo de cotización en función de la edad de la trabajadora:
- Si eres menor de 21 años no se llega a pedir el mínimo de cotización.
- Si tienes cumplidos los 21 y eres menor de 26, tienes que contar con 90 días cotizados dentro de los 7 años anteriores a la fecha del inicio del descanso o 180 días cotizados a lo largo de tu vida laboral.
- O si eres mayor de 26 años, debes de tener 180 días dentro de los 7 años anteriores al momento del inicio del descanso o 360 días cotizados a lo largo de la vida laboral.
En el siguiente vídeo podrás conocer sobre los derechos laborales que tiene toda mujer embarazada y que debemos de conocer para poder reclamar sus derechos. No dejes de disfrutar esta información.