Firmar Finiquito sin Cobrar: ¿Tiene Carácter Legal?

A continuación, en este artículo podrás conocer todos y cada uno de los detalles más interesantes de Firmar Finiquito sin Cobrar.

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Los Mejores Consejos

¿Cómo Cobrar Finiquito sin Firmar?

El finiquito no es más que aquel documento el cual la empresa alcanza a entregar al trabajador en el cual se reflejan todas y cada una de las cantidades liquidadas por el empresarios que anteriormente debían al finalizar la relación laboral.

Sin embargo, existen un par de dudas referente al tema y es por ello que a continuación en este artículo te invitamos a conocer cada uno de los detalles más interesantes y de esa manera descubrir si se puede cobrar el paro sin firmar el finiquito

Firmar Finiquito sin Cobrar Nóminas

Para poder evitar cualquier problema posterior y efectos de factura, las reclamaciones frente al empresario es muy importante que el empleado lleve a cabo una serie de comprobaciones previas que, en el presente artículo podrás conocerlas sin ningún inconveniente, además de conocer si es legal firmar finiquito sin cobrar.

Consejos para Firmar un Finiquito

Se sabe que antes de dar inicio al proceso de Firmar un Finiquito, es importante tener en cuenta nada más y nada menos que ciertos consejos para que de esa manera el proceso sea exitoso. A continuación te los dejamos conocer:

#1 Solicitar copia de todo lo que se pida firmar en relación con el finiquito

Se deberá de tener a disposición del empleador una copia del finiquito debidamente sellado y firmado por la empresa, de esa manera, como cualquier copia de un documento se hace entrega del mismo.

#2 Firmar Finiquito sin Cobrar: Para mayor seguridad, se puede solicitar la presencia de un representante de los trabajadores

Se trata de un derecho reconocido al trabajador que podrá solicitar la presencia de un representante de los trabajadores para que de esa manera, se le asesore durante la entrega del finiquito.

En teoría, la empresa no podría negarse, sin embargo, si no lo permitiera, es realmente importante dejarlo reflejado en el finiquito mediante una solicitud de presencia de un representante.

#3 Revisar que estén incluidos todos los conceptos correspondientes

Se sabe que es de gran importancia no revisar nada más los conceptos, sino que igualmente los importes que se hayan determinado en la empresa en el finiquito. En cuanto a los conceptos, deberá de consta, como mínimo el salario proporcional al mes trabajado, las vacaciones no disfrutadas y la cantidad proporcional de las pagas extraordinarias.

#4 Firmar Finiquito sin Cobrar: Si se encuentra que falta algún concepto, se deberá de indicar cuál es el concepto o las cantidades ausentes

A efectos de cualquier reclamación de cantidad, es importante dejar constancia a la empresa de los conceptos y las cantidades que se han notado que hacen falta en el finiquito para que entonces la empresa lo añada. En caso de que no se haya modificado, se deberá de dejar constancia por escrito como conceptos no incluidos en el finiquito.

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#5 Si se tiene alguna duda o se considera que no es correcto el importe de algún concepto, pondremos una coletilla en nuestra firma

Para contar con una mayor seguridad, se deberá de mostrar la disconformidad, esto pues, la firma del finiquito equivale a que el trabajador esté conforme con lo que contiene. Dicha coletilla no quiere decir que obligatoriamente se vaya a demandar a la empresa, pero no es más que una protección y asegura al trabajador poder verificar detenidamente todas y cada una de las cantidades para así, poder actuar como sea considerado.

#6 Firmar Finiquito sin Cobrar: En caso de que la empresa se negase o no entregase lo que consta en el finiquito, se deberá de indicar en el finiquito que está «pendiente de cobro»

Además de entregar el finiquito donde constan todas y cada una de las cantidades pendientes de liquidación, de manera simultánea se deberá de entregar la cantidad total en metálico que se deja en el documento. Igualmente, se podrá entregar en manera de cheque o mediante transferencia.

Por otro lado, en aquellos casos se deberá de poner igualmente la coletilla de «pendiente de cobrar cheque» o «pendiente de recibir transferencia». Firmar el finiquito sin las anotaciones quiere decir que se ha cobrado el dinero indicado en el documento.

#7 Colocar la fecha en la que se ha recibido el finiquito

En el momento de querer firmar el finiquito, es completamente aconsejable colocar la fecha en que se ha recibido el mismo, esto pues, a veces la empresa no lo coloca en el documento o no podrá coincidir con la fecha efectiva en la cual ha sido entregado.

Aunque parezca algo irrelevante, la fecha efectiva es importante para cortar los plazos de reclamación y para así comprobar el preaviso.

#8 Leer una vez más el documento y, posteriormente, firmarlo

Es mejor firmar luego del todo, en el momento en el cual se haya comprobado de nuevo que todo esté en orden y que se hayan llevado a cabo las diferentes anotaciones que corresponden además de contar con la copia del finiquito.

Si no se han llevado a cabo ninguna clase de las actuaciones citadas, lo mejor es no firmar el documento al finalizar la lectura.

#9 Firmar Finiquito sin Cobrar: No firmar si nos obligan

Es importante tener siempre en cuenta que la empresa no podrá obligar o amenazar a nadie a firmar el finiquito, con más razón aún, si la empresa no le permite al usuario llevar a cabo las revisiones previas que se han dado a conocer, el individuo no deberá de estar obligado a firmar.

#10 Firmar Finiquito sin Cobrar: Grabar la reunión donde se entrega el finiquito si es necesario

En caso de detectar una situación de presión o si se considera que existe alguna actuación fraudulenta por parte de la empresa, lo mejor de todo es grabar la reunión sin necesidad de avisar que se está llevando a cabo una grabación.

De esa manera, se estará asegurando una prueba en caso de necesitarla si es necesario el reclamo en cualquier momento.

Si la información compartida en este artículo te resultó de gran ayuda, te invitamos a echarle un vistazo a este otro acerca de Despido por Faltar al Trabajo: Faltas Justificadas.

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