El contrato en prácticas es uno de los conceptos laborales esenciales para todo joven recién formado en sus estudios superiores. Aprenderemos aquí todo lo relacionado con el contrato en prácticas, su indemnización y solicitud.

Contrato en prácticas: indemnización, solicitud y características
Un contrato en prácticas, su indemnización y sus formas de empleo, resultan nociones de suma importancia para un joven trabajador que apenas se inicia en el mundo laboral.
De hecho, de esa manera puede resumirse la definición de un contrato en prácticas: como una modalidad contractual dentro de la clasificación de contratos formativos orientada a regular una relación laboral entre una empresa contratante y una persona que apenas haya obtenido exitosamente su titulación acreditada. Es un formato importante para nuevos trabajadores, pues les permite específicamente adquirir la primera experiencia que necesitan dentro de su vocación.
Un contrato de estas características tiene una duración bastante reducida en comparación con acuerdos indefinidos e incluso en relación con la mayoría de contratos temporales al uso. Su duración mínima rondaría los seis meses y su duración máxima estaría cerca de los dos años.
Exceder estos lapsos dentro de la misma empresa (incluso ejecutando labores de acuerdo a titulaciones diferentes) implicaría salirse del formato de contrato en prácticas para convertir el contrato automáticamente en indefinido. En el caso de que se requiera permanecer por más tiempo en el mismo puesto de trabajo tras haber cumplido los primeros seis meses, pueden ejecutarse hasta dos prórrogas más hasta alcanzar el máximo de dos años.
¿Qué ganancia puede obtenerse bajo un contrato en prácticas?
El ingreso fijado para esta relación laboral estará determinado en el Convenio Colectivo de los trabajadores en prácticas, donde se establecerá el consenso con el empresario sobre cuánto se debe percibir.
Sin embargo, no siempre el Convenio Colectivo establece estos números y en tal caso de ausencia de consenso, deberemos remitirnos a la legislación básica sobre el tema. Esta señala que, durante el primer año de trabajo, el trabajador en prácticas debe percibir al menos el 60 % de un salario usual para el cargo que desempeña y el 75 % del salario habitual en el caso de que los que laboren ya en su segundo año en la empresa. En cualquier caso, el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) debe alcanzarse obligatoriamente a través de cualquiera de estos porcentajes.
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Contrato en prácticas: indemnización y despido
Todos los matices relacionados con la figura del contrato en prácticas pueden encontrarse asentados en el Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se establece el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos, disponible para leer entero en el link señalado. Uno de estos matices que deben reseñarse es el asociado a la indemnización de un contrato en prácticas terminado.

¿Cuándo se considera terminado un contrato en prácticas?
Puede ocurrir por distintos motivos. En primer lugar, porque la duración acordada en el contrato ya se haya agotado y no existe el interés o la necesidad de plantear una prórroga o dos.
Otro escenario es que se haya alcanzado el límite máximo de dos años, en cuyo caso la relación debe terminar forzosamente, salvo en el momento en que las labores continúen y se plantee ahora un contrato distinto, indefinido. La última posibilidad es que el empleador o el empleado decidan culminar anticipadamente la relación laboral, antes del cumplimiento del plazo acordado o antes de la duración máxima legal para un contrato en prácticas. Esto podría considerarse un despido o una baja voluntaria, dependiendo de quién tome la decisión.
¿Puede otorgarse una indemnización al trabajador de un contrato en prácticas?
La respuesta es afirmativa, pero únicamente en el último caso señalado. El mero hecho de alcanzar la duración total planteada, por acuerdo o por el texto legal, no garantiza una indemnización para el trabajador.
Solo es una obligación en el caso de un despido anticipado que obliga a efectuar un preaviso con al menos quince días de antelación, otorgando una indemnización de veinte días de pago por año de trabajo. De no cumplirse con este preaviso, deberá hacerse una indemnización especial que sume los días de pago que han transcurrido sin la obligación del preaviso.
Prestaciones, cotizaciones y certificados
Las cotizaciones durante el contrato en prácticas, funcionan como lo hacen en la mayoría de los contratos, según las bases correspondientes a la persona. Gracias a estas cotizaciones se podrá alcanzar el derecho a las prestaciones de la Seguridad Social cumpliendo el período laboral establecido para recibirlas.
Por otra parte, también se tendrá acceso a prestaciones por desempleo al momento de la finalización del contrato. Eso sí, solo en el caso de despido, como en el resto de los tipos de contrato: si la salida del cargo se da mediante baja voluntaria, no podrás acceder a prestaciones por desempleo, pues no sería considerada esta salida del trabajo como tal.
Dado que gran parte del sentido de un contrato en prácticas es proveer una primera experiencia al joven recién egresado del ámbito académico, es muy importante y obligatorio que el empresario otorgue al final de sus labores un certificado por práctica realizada.
Este certificado consiste en un documento donde se refleje el tipo de labores que se ha realizado, el puesto de trabajo que se ha ocupado y el período de tiempo en el cual se trabajó en la estructura empresarial. De esta manera quedará registrada esta primera responsabilidad para ir formando un CV sólido a futuro y para la perspectiva de cualquier trámite posterior.
En el siguiente vídeo puede verse un buen resumen de los requisitos y características del contrato de prácticas en España. Hasta aquí nuestro artículo sobre el contrato en prácticas, indemnización, prestaciones y certificados. Hasta pronto y buena suerte en sus labores y trámites. Recuerda compartir esta información con tus amigos.