En España existe la posibilidad de Cobrar el Paro y Trabajar al mismo tiempo sin que esto sea ilegal, es por eso que mediante este artículo le vamos a explicar de qué manera puede suceder esto, para que usted no incumpla con las leyes españolas y conozca bien todo el trámite que debe realizar.

Cobrar el Paro y Trabajar
Las ayudas que se dan en España por desempleo mejor conocidas como Paro, son las que le permiten a un trabajador que se encuentre desempleado obtener ingresos, mientras está en la búsqueda de un nuevo trabajo, pero ¿Puedo trabajar y cobrar el paro? Cada una de las ayudas para desempleo tienen una manera de regularse y esta dependerá de:
- Jornada que se haya realizado: completa o parcial.
- Tipo de trabajo: cuenta ajena o trabajador autónomo.
- Ingresos que se hayan obtenido.
Toda persona que esté cobrando el paro y consigue un trabajo, se encuentra obligado a comunicarlo en la Oficina de Empleo. La notificación de un nuevo trabajo a la Oficina de Empleo se puede hacer de tres maneras, la primera de ellas es por medio de la Sede Electrónica del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), con el certificado digital, DNI Electrónico o usuario y su contraseña.
La segunda es por medio de una llamada telefónica al 901 11 99 99 o los números de cada provincia, que trabajan de lunes a viernes en horario de 9 am a 2 de la tarde, y la última forma es de manera presencial en las oficinas siempre que pida la cita previa.
Cobra la prestación de desempleo y le ofrecen un trabajo
Si usted está cobrando el paro y le ofrecen un trabajo por cuenta ajena con jornada completa debe hacer la suspensión del cobro de esta prestación o ayuda, cuando deje de trabajar usted nuevamente puede hacer la reanudación de la misma, porque hizo la suspensión con tiempo, el pago sería el mismo que estaba previsto antes de encontrar el nuevo trabajo.
Cuando se trata de trabajo por cuenta ajena con un tiempo o jornada parcial puede optar por hacer la suspensión de la misma y después reactivarla al comenzar a trabajar, o compatibilizar el monto de la ayuda con el pago del trabajo en la jornada parcial, esto indica que se puede cobrar el paro y trabajar. En este último caso la ayuda puede reducirse en proporción a la jornada que esté realizando, al reducirse el tiempo de la prestación se sigue corriendo de manera legal.

Información adicional
En ambos casos si la ayuda se suspende y se trabaja de manera seguida en un contrato de por lo menos un año se hace la generación o derecho a una nueva prestación por desempleo, en la que después puede optar por seguir con la prestación que haya suspendido o comenzar con la nueva, pero implica que de acuerdo a su elección la otra opción se perderá definitivamente.
Ahora si el trabajo se ejecuta por cuenta propia, usted puede disponer de varias opciones, la primera es pedir el pago único del paro para usar el dinero en nuevas inversiones o para hacer pagos de cuotas en la seguridad Social o cobrar el paro y trabajar a tiempo parcial. También puede pedir la suspensión de la prestación por desempleo mientras trabaja de manera autónoma.
Después retomarla siempre que no hayan pasado 60 meses (5 años) como trabajador autónomo y la tercera opción es hacer la compatibilización del paro con los primero 270 días como trabajador autónomo, durante este tiempo el paro se cobra sin deducciones, y luego de los 270 días si sigue cobrando el paro de desempleo, este será suspendido automáticamente. Otro tema que puede conocer es que hacer en caso de Despido Estando de baja.
Trabajar en Paro con más de 52 años
Cuando una persona que supera los 52 años de edad esté cobrando el subsidio de Paro se aplican unas reglas generales para su otorgamiento y también algunas especialidades, entre ellas está que si comienza en un trabajo con jornada completa puede tener una compatibilización del nuevo trabajo con el subsidio siempre que sea por un contrato indefinido o temporal que no dure más de tres meses.
Pero esta compatibilidad no es automática, la persona debe informar al Servicio de Empleo para que haga la aprobación y solo admite un máximo del 50% del valor de la cuantía o paro.
Cuando el trabajo es por medio de un contrato de inserción, contrato de programa de Fomento de Empleo Agrario, contratos para cargos de director, empresas que tienen EREs, empresa donde la persona ya haya trabajado en el último año, empresa donde trabaje el cónyuge o algún pariente hasta el segundo grado de consanguinidad, no se hace compatible el pago del paro con el pago del salario.
Si llegaran a cotizar más de 360 días seguidos de salario se puede hacer la salvedad para pedir la prestación de desempleo o paro que se pueda generar y seguir haciendo el cobro del Subsidio de Mayores de 52 años.

Compatibilidad de la Prestación de Desempleo
Como hay diversos planes de pagos para situaciones de desempleo algunas de ellas pueden permitir el cobro de paro y sueldo y otras no, en este caso se tiene lo siguiente:
- Plan Prepara: no tiene ningún tipo de compatibilidad con cualquier otra relación laboral sea por cuenta propia o ajena, tiempo parcial o completo. Si usted cobra este tipo de beneficio al momento de comenzar a trabajar, deja de percibir la ayuda, una vez que su trabajo termine hace la petición de continuar con el subsidio que le falte.
- Renta Activa de Inserción (RAI): sucede de igual manera porque tampoco es compatible con un nuevo trabajo. Puede tener una excepción si se trabaja a tiempo parcial, pero se debe hacer la verificación del límite de ingresos, si este es superado se hace la suspensión de la ayuda, en tanto que si no logra superarlo puede seguir recibiendo la ayuda y trabajar, pero la cuantía del paro se va reduciendo en la misma proporción a la jornada que esté trabajando.
- Programa de Activación para el Empleo (PAE): Puede tener una compatibilización con un sueldo por 5 meses siempre que la empresa no sea del sector público y se haga el descuento de la cuantía en el salario. Con un contrato parcial el descuento se hace de manera proporcional a la jornada realizada. Si la empresa no hace la reducción en el salario entonces no hay ninguna compatibilidad y luego de 90 días esta será suspendida. Conozca cómo Solicitar Paro en España.
- Contrato de apoyo a emprendedores: si tiene un contrato con jornada completa, el trabajador debe tomar la decisión de cobrar el 25% del paro que le quede por recibir como prestación contributiva y seguir trabajando el resto del tiempo con un contrato indefinido, por lo que hay una compatibilidad.