Calculadora baja maternal: ¿Cuánto me deben pagar?

Conoces la Calculadora baja maternal el proceso laboral por el cual puedes conocer los beneficios otorgados por la Seguridad Social al tener un hijo; aquí te daremos todos los detalles.

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Calculadora baja materna

Para entender mejor ¿Qué significa? es bueno que el lector sepa que es un proceso en el cual puedes otorgar un permiso especial por maternidad tanto a padres como a madres. Se gestiona a través de la seguridad social y tiene como meta compensar los ingresos de la trabajadora durante el periodo de descanso por nacimiento, adopción, acogimiento familiar o tutela.

Para los padres el periodo representa un permiso de apenas 5 días, pero para las trabajadoras la duración por baja es de 16 semanas o 4 meses desde el momento que nace el bebe, comienza la adopción o alguno de los otros factores que se encuentran dispuestos en la ley.

Requisitos para la solicitud

La baja por maternidad se considera entonces un tipo de prestación de tipo contributiva, la mujer trabajadora debe cumplir como mínimo un periodo de cotización a la Seguridad Social para poder disfrutar de sus beneficios veamos:

  • Las menores de 21 años no necesitan un periodo mínimo de cotización.
  • Trabajadoras de entre 21 y 26 años, se exigen 90 días cotizados durante los 7 años anteriores al comienzo del descanso o 6 meses cotizados como mínimo a lo largo de toda su vida laboral.
  • Para las trabajadoras mayores de 26 años, es obligatorio tener 180 días cotizados durante los 7 años anteriores al principio del descanso o un año cotizado durante su vida laboral.

Si la madre no cumple con los requisitos mínimos de cotización tendrá que solicitar un subsidio no contributivo especial por maternidad. Este beneficio consiste en una ayuda que se otorga únicamente en caso de nacimiento, pero no disfrutan en otros casos como adopción, tutela o acogimiento familiar.

¿Cómo es el cálculo?

La calculadora de días por baja maternal, representa un subsidio el cual equivale al 100% de la base de cotización. Se toma en cuenta la nómina del mes anterior desde la fecha de inicio del descanso por maternidad, adopción, tutela o acogimiento familiar. El monto entonces se toma de la sección de la nómina donde dice «base reguladora por Contingencias Comunes».

Esta cifra se divide entre 30 en caso de ser mensual, si la retribución es quincenal se debe dividir entre 15. Luego el resultado será el monto que cobrará por los 4 meses u ocho quincenas siguientes por baja maternidad.

Los pagos

La seguridad social establece por ley que esta prestación se debe cobrar por mes vencido, es decir, se debe cancelar el último día hábil del mes. Sin embargo, puede ser que el primer pago se retrase un poco dependiendo del tiempo en el cual se hayan tardado en realizarlos trámites administrativos de la solicitud.

Montos si estás de paro

Si por algún motivo te encuentras cobrando prestación por desempleo o el llamado paro y se produce el embarazo. La Seguridad Social debe estar al tanto y debes informar sobre la situación en la oficina de empleo presentando el informe de maternidad emitido por un especialista, el libro de familia o el documento que acredite la adopción o el acogimiento.

Posteriormente y al presentar la documentación se procede a suspender el pago por paro y la prestación por maternidad comienza su curso, de esta forma, la cuantía de la baja maternidad será la misma que se cancelaba durante el paro. 

Permisos a los padres

Habíamos dicho que calculadora baja maternal y lactancia es un beneficio que disfrutan tanto la madre como el padre. Los derechos son iguales donde también son autónomos; en la actualidad los trabajadores que tengan en mente adoptar o acoger disfrutan de la prestación por nacimiento y cuidado del menor, pero en estos casos el niño o la niña no puede superar los 6 años pero si es discapacitado no tener más de 18 años.

La nueva ley implementada en el año 2021 amplía los derechos a los trabajadores por este concepto. El tiempo de duración del permiso de maternidad y paternidad se igualaron, de manera que el futuro padre podrá disfrutar de la misma cantidad de semanas de la madre (16 semanas de prestación).

Este tiempo le permitirá disfrutar de un permiso obligatorio de las 6 primeras semanas después del parto de forma continua y sin interrupción. Posterior a ese tiempo ambos tienen el derecho de seguir con el permiso de prestación de forma ininterrumpida; el objeto de esta modificación consiste en otorgar a ambos padres la administración de sus semanas de permiso.

Asimismo, poder posponer el tiempo o cediendo las semanas al otro cónyuge renuncia a las restantes que le corresponden. En este sentido, después de disfrutar de las primeras 6 semanas de vida del bebé, el padre o la madre tienen la autonomía para ceder a su voluntad las 10 semanas restantes de forma interrumpida si lo deseas, hasta que el niño cumpla los 12 meses.

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Los derechos de la nueva ley

Los padres, además, cuentan con algunos beneficios y derechos adicionales. La nueva ley establece entonces lo siguiente:

  • La madre no adoptiva y biológica tiene el derecho de anticipar el periodo de permiso por maternidad 4 semanas antes de la fecha probable de parto.
  • El derecho se amplía en 2 semanas para cada progenitor por cada hijo en caso de nacimiento, adopción o acogida múltiple a partir del segundo nacimiento.
  • Para los casos de discapacidad se otorgan hasta 13 semanas en caso de parto prematuro u hospitalización.

Fecha de reincorporación

La calculadora para fecha de incorporación de la baja maternal, se considera al momento de haberse cumplido los lapsos correspondientes establecidos en la ley. No obstante, estos lapsos pueden variar si se presentan eventualidades en la salud del niño o la madre, pero en ningún momento por problemas laborales o de salud del padre.

Con respecto a la calculadora duración baja maternal relacionada con los montos, es necesario tener a mano para poder cobrarlos la última nómina del mes anterior al nacimiento del niño. Recuerde que anteriormente habíamos especificado cuales son los renglones que se deben tomar en cuenta para el cálculo.

Si el hijo por adopción los montos a cobrar serán los mismos tanto para la madre como para el padre. Pero recuerda que para los casos de adopción o acogimiento múltiple, es decir, más de un menor de edad, la Seguridad Social otorga un subsidio diferente por cada hijo o menor de edad acogido, pero después del segundo.

Si deseas más información puedes consultar el siguiente artículo Libro de Familia: ¿Cómo solicitarlo? allí podrás conseguir datos que puedan ayudarte.

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